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El horario de verano en la década de los 40

Miércoles, abril 25th, 2012

Como apuntaba en la entrada anterior, lo del horario de verano en España no se hizo de una tacada. Ni de dos, ni de tres. Como hubiese sido fatigoso rescatar en un solo artículo tanto hacer y deshacer sin orden ni concierto, decidí proceder por partes. Hoy revisaremos la década de los 40, cuyo primer horario de verano tuvo lugar en el 42.

HOY SE ADELANTARÁ LA HORA EN SESENTA MINUTOS

Madrid 1. Por el ministerio de la Gobernación se ha dictado la siguiente orden:
“Excelentísimos señores: Considerando las ventajas que en los momentos actuales reporta, desde el punto de vista de una economía conveniente, que la duración de la jornada de trabajo se adapte lo más posible a la jornada solar, dispongo:
Artículo primero. El sábado 2 de mayo, a las veintitrés horas, será adelantada la hora en sesenta minutos.
Artículo segundo. El servicio de ferrocarriles se ajustará, en lo relacionado con el adelanto de la hora, a las reglas establecidas en la Real Orden de 5 de abril de 1918.
Artículo tercero. En la Administración de Justicia se tendrá presente lo dispuesto en la Real Orden de 11 de abril de 1918, para evitar que el tránsito de uno a otro horario pueda ocasionar perturbaciones en dicho servicio.
Artículo cuarto. La aplicación a la industria y al trabajo del nuevo horario oficial no ha de dar lugar al menor aumento en la duración total de la jornada legal.
Artículo quinto. Oportunamente se señalará la fecha en la que haya de restablecerse la hora normal.
Dios guarde a VV. EE. muchos años.
Madrid, 1.º de mayo de 1942.-P. D. El subsecretario, Luis Carrero.”

ABC del 2 de mayo de 1942. Edición de Andalucía, página 5.

Es decir, si el año 40 se había reemplazado el tradicional paso al horario de verano por una adopción permanente de un huso horario que no nos correspondía, dos años después se retoma el adelanto estival, pero sumándolo al que ya llevábamos, con lo cual nos situábamos dos horas por delante de la hora solar. Las fechas en las que se hicieron los cambios, para los interesados, son las siguientes:

2/5/1942 (23:00) 1/9/1942 (24:00)
17/5/1943 (23:00) 2/10/1943 (24:00)
15/5/1944 (23:00) 1/10/1944 (1:00)
14/5/1945 (23:00) 30/9/1945 (1:00)
13/5/1946 (23:00) 28/9/1946 (24:00)

Obsérvese la poca sistematicidad de las horas escogidas. En 1947 se decide abandonar el horario de verano para, en el 49, volver a rescatarlo. Durante un año únicamente, no fuera a parecer que había cierta previsión en este asunto.

ESTA NOCHE, ADELANTO DE LA HORA

Por orden de la Presidencia del Gobierno de 25 del actual, inserta en el “Boletín Oficial del Estado” del siguiente día, se dispone lo siguiente:
1.º El sábado 20 del corriente mes de abril, a las veintitrés horas, será adelantada la hora en sesenta minutos.
2.º El servicio de ferrocarriles se ajustará en lo relacionado con el adelanto de dicha hora a las reglas establecidas en la real orden de 6 de abril de 1918.
3.º En la Administración de Justicia se tendrá presente lo dispuesto en la real orden de 11 de abril de 1918 para evitar que el tránsito de una hora a otro horario pueda ocasionar perturbaciones en dicho servicio.
4.º La aplicación a los servicios, industria y comercio del nuevo horario oficial no ha de dar lugar al menor aumento en la duración total de la jornada de trabajo que tienda a malograr la finalidad que se persigue con la presente orden.
5º Oportunamente se señalará la fecha en que haya de establecerse la hora normal.

ABC de 30 de abril de 1949. Edición de Andalucía, página 10.

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ISO 8601

Martes, abril 5th, 2011

En la entrada en la que introducíamos el tiempo en HTML, olvidé comentar que el formato se basa en líneas generales en un estándar bastante conocido en el ámbito de los negocios denominado ISO 8601. Estas especificaciones se publicaron en por primera vez en 1998, urgidos por la necesidad de adoptar un sistema que expresase información relacionada con el tiempo de forma inequívoca. También bajo las dudas de la efectividad de los preparativos de cara al efecto 2000.
Para entendernos: en el mundo anglosajón es frecuente datar una fecha indicando el día después del mes (4/5/2011 para el día de hoy, por ejemplo), en España se acostumbra a hacer al revés (5/4/2011); a veces el año se indica con dos cifras (4/5/11), sin saber a qué siglo hace referencia… En ciertos ámbitos o países el primer día de la semana es el domingo, en otros el lunes; tampoco hay acuerdo respecto a cuál es la primera semana del año. Cuando se indica una hora como 2:30 requerimos del contexto para saber si es de día o de noche; en realidad debería estar acompañada de la zona horaria en la que se aplica y de una aclaración sobre si se sigue el horario de verano. Sumémoslo todo e imaginemos la dificultad de cuadrar los horarios para un vuelo de múltiples escalas, por ejemplo, de una punta a otra de la Tierra. Todo ello partiendo de que usamos por las zonas por las que pasamos tan solo el calendario gregoriano.
Antes de que pueda inducir a pensar otra cosa, decir que la ISO 8601 tiene un sentido eminentemente práctico. Por eso solo trabaja con el calendario gregoriano, o reconviene su uso para fechas anteriores al 15 de octubre de 1582. Por ello también es muy estricto a la hora de especificar orden y número de cifras de los elementos de tiempo: está concebido para que lo usen las máquinas antes que los humanos. En realidad, para ser justos, y sin pretender ahondar en la gran cantidad de formatos que describe, se puede decir que admite básicamente dos representaciones: en una de ellas una fecha y hora podría tener la forma +002011W142T2354-0200; y en la otra, más legible, 2011-04-05T23:54. A grandes rasgos podemos anotar los siguientes aspectos clave:

  • La ISO 8601 permite representar instantes de tiempo, intervalos, duraciones o periodos repetitivos.
  • Si se expresa un momento, puede hacerse referencia a la hora, la fecha, o ambas cosas. En tal caso se separan los elementos por una T.
  • Siempre se ordenan los intervalos de mayor a menor. En una fecha, hay que indicar primero año, después mes y por último el día. Cada uno de los elementos debe ocupar el máximo de espacio permitido; es decir, el mes, por ejemplo, requiere dos caracteres, y hasta septiembre habrá que escribirlo con un cero a la izquierda. La conjunción de estas dos reglas permite ordenar fácilmente los datos, pues coinciden orden cronológico y alfabético.
  • Se pueden indicar un año sin precisar mes y día, o año y mes sin indicar el día. Lo contrario está prohibido: es lícito acortar por los periodos pequeños, no por los grandes.
  • También es posible indicar semana y día de la semana. Esta empieza el lunes. La primera del año debe contener un jueves.
  • Es posible anotar la hora local o referenciada al tiempo UTC. Para introducir variaciones como los horarios de verano, se hace modificando tal referencia. La hora siempre avanza de 00 a 24 y la media noche puede ser tanto 00:00 como 24:00. Se admiten por último los segundos intercalares.
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